En base al Decreto 93/2014, de 27 de mayo, de traspaso de funciones en materia de fianzas de arrendamientos de vivienda y para uso distinto del de vivienda, y de suministros de agua, gas y electricidad (BOJA 104 de 2 de Junio de 2013), La Agencia de Vivienda y Rehabilitación gestionará las fianzas de alquileres de inmuebles y suministros de luz, agua y gas.

El Consejo de Gobierno ha acordado atribuir a la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA) la gestión, el control y el registro de los depósitos de las fianzas procedentes de los arrendamientos de inmuebles y de la contratación de los suministros de luz, agua y gas. La Consejería de Hacienda y Administración Pública traspasó estas funciones a Fomento y Vivienda el pasado 27 de mayo, en cumplimiento de la Ley 4/2013, de la Función Social de la Vivienda.

La decisión permitirá destinar al menos el 70% de las liquidaciones de las fianzas a políticas sociales de vivienda, especialmente a programas de rehabilitación del parque público de la Junta, que cuenta con más de 80.000 inmuebles, y a programas dirigidos a los colectivos sociales con menos recursos.

AVRA dispondrá de estos recursos trimestralmente a partir de las liquidaciones que realice la Consejería de Hacienda y Administración Pública de los saldos de las cuentas de fianzas de arrendamientos y suministros, es decir, la diferencia entre las constituciones y las devoluciones de estos depósitos en dicho periodo.

PisosEl acuerdo se traducirá también en mejoras de la tramitación y prestación del servicio, con novedades que comenzarán a aplicarse a partir del próximo 9 de junio. Desde esa fecha, los trámites de ingreso y devolución deberán realizarse ante AVRA por vía presencial o telemática, tanto en el caso del régimen general –al que se adscribe la mayoría de los arrendadores de inmuebles– como en el del concertado previsto para las empresas suministradoras de agua, luz y gas y los arrendadores que generan fianzas de gran cuantía.

Asimismo, la agencia se compromete a agilizar la devolución de las cuantías entregadas antes del límite legal previsto de un mes. El servicio de atención a la ciudadanía se realizará a través del teléfono gratuito 900920220 y de las 13 oficinas de gestión de fianzas ubicadas en las ocho capitales de provincia y en las localidades de Algeciras y Jerez de la Frontera en Cádiz, Úbeda (Jaén) y Marbella (Málaga). Esta red informará a propietarios e inquilinos del estado de los depósitos mediante certificados y documentos acreditativos.

Fomento y Vivienda ha creado un sistema de cita previa y una página web (www.fianzas.avrandalucia.es) donde se pueden consultar las novedades y la información detallada de horarios y direcciones de las oficinas. Además, AVRA prestará apoyo para cumplimentar el modelo de autoliquidación y solicitar la devolución o la reducción del tiempo de espera en las tramitaciones presenciales.

Beneficios fiscales

La fianza es un importe económico que el ciudadano entrega como arrendatario de un inmueble o como usuario de un suministro de agua, gas y electricidad al arrendador o a la empresa suministradora como garantía del contrato suscrito. La Ley autonómica 8/1997, que regula las fianzas de arrendamientos y suministros, establece la obligación del arrendador de depositar esa cuantía, equivalente a una mensualidad de renta en el alquiler de una vivienda y de dos en el caso del arrendamiento para un uso distinto a la vivienda, en una cuenta pública que la Administración competente custodiará. Ese depósito debe realizarse en el plazo de un mes desde la formalización del contrato y la Administración tiene la obligación de devolverlo en el mismo plazo si el arrendador solicita su reintegro.

AVRA informará pormenorizadamente de los beneficios fiscales que conlleva este procedimiento. Entre otros, el arrendador puede deducirse los gastos por la formalización del alquiler, la conservación y reparación, administración, vigilancia, portería y los seguros de vivienda. El inquilino, por su parte, desgrava en la declaración de la renta parte de las cantidades satisfechas. Desde 2008, un menor de 35 años puede llegar a deducirse por este concepto en Andalucía hasta un 15%, con un máximo de 500 euros.

El incumplimiento de la obligación de abonar la fianza por parte del arrendador se considera una infracción grave castigada con una multa que oscila entre el 50% y el 150% del importe del depósito no realizado. De acuerdo con el decreto de traspasos de competencias aprobado la semana pasada, la inspección de los depósitos está a cargo del Cuerpo Superior de Inspección de Vivienda y del personal funcionario habilitado expresamente para ello.

 Noticia facilitada por Datadiar, con fecha 06/06/2014

 

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