La Ley de Medidas para la flexibilización y fomento del mercado del alquiler se someterá a votación el próximo jueves en el Pleno del Congreso, que volverá a debatir la norma al haberse incorporado modificaciones en su paso por el Senado.

Desaparecerá, previsiblemente, la Renta Básica de Emancipación (RBE), desde el momento en que se comiencen a hacer efectivas las nuevas ayudas del Plan Estatal de Vivienda 2013-2016.

El Congreso de los Diputados también ha introducido una modificación para mantener las subvenciones a la construcción de viviendas de alquiler social, así como las ayudas de subsidiación de préstamos convenidos reconocidas antes del 15 de julio de 2012 que cuenten con la conformidad de Fomento, siempre que se formalicen antes de dos meses. El resto de ayudas de subsidiación quedan suprimidas.

Se aprobarán medidas como la creación de un registro donde figuren los inquilinos condenados en firme –judicialmente en un desahucio o por la vía del laudo arbitral– por impago de la renta del alquiler para que puedan ser conocidos por otros arrendadores y dar más seguridad al arrendador.

Además, se incluye la obligación del dueño de la vivienda de informar a los inquilinos en caso de querer vender el piso, y también se le autoriza a disponer de la vivienda en caso de necesitarla para sí mismo o para algún familiar, avisando al inquilino con al menos dos meses de antelación.

Por otra parte, la reforma autoriza a los arrendatarios a realizar obras de adecuación de la vivienda en casos de que habite un discapacitado en la misma, siempre y cuando se notifiquen esos cambios y se reponga la vivienda al término del contrato al estado anterior.

También se decidió vincular los alojamientos y viviendas turísticas de particulares a la normativa sobre turismo de las comunidades autónomas.

DESAHUCIOS MÁS RÁPIDOS

El proyecto de ley que fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado mes de agosto reduce a diez días el plazo de desahucio ante impagos del alquiler si el inquilino no presenta alegaciones ante el juez. Por su parte, el arrendatario podrá rescindir el contrato sin pagar indemnización con tan solo comunicarlo con un mes de antelación. La norma reduce de cinco a tres años el plazo de renovación de contrato obligatorio.

Según la ministra de Fomento, Ana Pastor, esta normativa tiene como objetivo “mejorar la oferta de alquiler para generar más movilidad en el mercado, elevar las posibilidades de los ciudadanos de encontrar piso y a precios mejores, y lograr un mejor equilibrio entre los derechos de los inquilinos y de los propietarios”.

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