Con fecha de 23 de abril, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha aprobado la orden ministerial que contempla una reducción de los módulos agrarios, para el periodo impositivo 2012, para los agricultores y ganaderos que hayan sufrido en dicho ejercicio circunstancias excepcionalmente desfavorables en sus explotaciones.
La medida, publicada con fecha 23 de abril de 2013 en el Boletín Oficial del Estado, se adopta ahora para anticiparse al inicio del plazo de declaración correspondiente a los contribuyentes afectados por esta medida. Este arranca hoy día 24 de abril para las declaraciones presentadas por vía telemática a través de Internet, y el 6 de mayo para las presentadas por cualquier otro medio.
Reducción en otros productos.
Como consecuencia del importante número de situaciones climáticas excepcionales que tuvieron lugar durante el año 2012 se aprueban, además de las que se aplicarán a determinadas zonas y productos, una reducción a nivel nacional en los siguientes productos:
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Flores y plantas ornamentales.
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Productos del olivo.
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Apicultura
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Bovino de leche
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Cunicultura.
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Ovino y caprino de leche.
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Ovino y caprino de carne extensivos.
Revisión del índice corrector por piensos adquiridos a terceros.
Asimismo, debido al fuerte impacto que ha tenido el incremento del precio de los piensos durante el período impositivo 2012, así como la falta de pastos derivada de una situación de sequía meteorológica, se ha mejorado el índice corrector por piensos adquiridos a terceros, aplicable por las actividades ganaderas, de forma que implique una reducción en los costes.