El Consejo de Ministros del día 26 de abril aprobó un Real Decreto en el que se regula la concesión de subvenciones para la adquisición de vehículos eléctricos en 2013. Dichas subvenciones se concederán por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y contará con una dotación de diez millones de euros.

Esta medida pretende apoyar con las subvenciones el desarrollo de la movilidad sostenible y su tecnología asociada, desde un punto de vista de eficiencia energética y sostenibilidad ambiental.

Este Real Decreto incluye una simplificación de la tramitación y posibilita la fórmula de solicitud electrónica directamente al Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

¿Quién se puede beneficiar?

Las ayudas se conceden para la adquisición, operaciones de financiación por leasing financiero y arrendamiento por renting o leasing operativo de vehículos eléctricos nuevos y matriculados por primera vez en España; y se pueden beneficiar de estas subvenciones las personas físicas, autónomos y empresas privadas.

El plazo de solicitud será hasta el 30 de octubre para vehículos ya matriculados desde el uno de enero, o hasta el 30 de agosto para los que estén pendientes de matriculación.

Cuantías de las Subvenciones.

Turismos y furgonetas:

    – Autonomía de 15 a 40 Km: 2.500 €.

    – Autonomía de 40 a 90 Km: 3.500 €.

    – Autonomía de más de 90 Km: 5.500 €.

Cuadriciclos ligeros: 1.800 €.

Cuadriciclos pesados: 2.200 €.

Autobuses y autocares/furgones: 8.000 €.

Autobuses y autocares: 20.000 €.

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