Se aumentan en 1.000 euros, hasta los 6.500 euros, las ayudas para los turismos con autonomía superior a 90 km, que se incrementarán hasta los 7.700 euros en caso de familias numerosas o personas con discapacidad para vehículos adaptados.
Podrán beneficiarse cuadriciclos, turismos, furgonetas o camiones ligeros y autobuses o autocares, eléctricos nuevos matriculados a partir del 1 de enero de 2014.

coches-eléctricosEl Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos eléctricos en 2014 en el marco de la estrategia integral para el impulso del vehículo eléctrico en España 2010-2014 (Programa MOVELE 2014). El nuevo Real Decreto permitirá continuar con el impulso ya realizado en 2012 y 2013 al vehículo eléctrico mediante la concesión de subvenciones directas por parte del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

En un contexto de restricciones presupuestarias, la línea mantiene la misma dotación de 2013, diez millones de euros. El Gobierno quiere, así, apoyar el desarrollo de la movilidad sostenible y su tecnología asociada, que representa una oportunidad, tanto desde un punto de vista industrial, como de eficiencia energética y sostenibilidad ambiental.

El Real Decreto mantiene las principales características de la edición anterior. Como novedad frente al año pasado, se elevan hasta 6.500 euros las ayudas para los turismos con autonomía superior a 90 km -los más demandados- y se incluye entre los posibles beneficiaros del programa a las Administraciones Públicas.

Beneficiarios

Las ayudas se conceden para la adquisición, operaciones de financiación por leasing financiero y arrendamiento por renting o leasing operativo de vehículos eléctricos nuevos matriculados por primera vez en España.

Los vehículos deberán estar matriculados por primera vez en España, y pertenecer a alguna de las siguientes categorías: cuadriciclos, turismos, furgonetas o camiones ligeros, autobuses y autocares. Todos ellos deben ser eléctricos nuevos, entendiendo como tales aquellos cuya energía de propulsión procede, total o parcialmente, de la electricidad de sus baterías, cargadas a través de la red eléctrica.

Los beneficiarios de estas ayudas serán los particulares, los profesionales autónomos, así como las empresas privadas, válidamente constituidas en España y con personalidad jurídica propia. Como novedad, se incluye a las Comunidades Autónomas, Entes Locales, los entes públicos dependientes o vinculados tanto de las anteriores y a la propia Administración General del Estado, así como los puntos de venta, en el caso de que la venta la realiza otro concesionario.

El plazo de solicitudes será hasta el 31 de diciembre de 2014 o hasta que se agote el presupuesto disponible, si ocurriera con anterioridad. Se aceptarán vehículos matriculados a partir del 1 de enero de 2014.

Ayudas

Las cuantías individuales de las ayudas se determinan dependiendo del vehículo que se adquiera y de su autonomía en modo de funcionamiento exclusivamente eléctrico (autonomía que proporciona la capacidad de carga de las baterías) y oscilan entre los 1.800 euros, en el caso de los cuadriciclos ligeros, hasta los 20.000 euros, en el caso de autobuses y autocares.

Para el caso típico de un turismo con autonomía eléctrica superior a 90 km, la ayuda será de 6.500 euros, que se incrementará hasta los 7.700 euros en caso de familias numerosas o personas con discapacidad para vehículos adaptados. Esto supone un incremento en la ayuda para estos turismos, que ascendía a 5.500 euros en 2013. Las nuevas cuantías están en consonancia con las ayudas de los países de nuestro entorno.

La cuantía de la subvención variará dependiendo del tipo de vehículo que se adquiera y de su autonomía en modo de funcionamiento exclusivamente eléctrico:

– Turismos (M1) y furgonetas (N1):

  • con autonomía de 15 a 40 km ( >=15 km<=40 km ): 2.500 euros
  • con autonomía de entre 40 y 90 km (>40 km<=90 km): 3.500 euros
  • con autonomía de más de 90 km (>90 km): 6.500 euros

– Cuadriciclos ligeros (L6e): 1.800 euros

– Cuadriciclos pesados (L7e): 2.200 euros

– Autobuses y autocares (M2)/ Furgones (N2): 8.000 euros

– Autobuses y autocares M3: 20.000 euros

Fuente: Consejo de Ministros – 06/06/2014

 

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